Apoyo a los Sistemas de Riego Individuales en el Marco de los Apoyos al Desarrollo Rural

28 Ocak 2026 Çağla Altıntaş 7 görüntülenme
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Apoyo a los Sistemas de Riego Individuales en el Marco de los Apoyos al Desarrollo Rural

¿Cuándo comienza el apoyo a los sistemas de riego individuales en el marco de los apoyos al desarrollo rural?, ¿cuáles son las cualidades requeridas en los solicitantes?, ¿cuáles son los documentos solicitados al solicitante? Puede encontrar las respuestas a estas preguntas en nuestro artículo a continuación.

¿Cuáles son las Áreas Apoyadas y los Elementos de Apoyo?

Con validez para los años 2021-2025, se pretende apoyar los sistemas de riego individuales de los productores en las zonas rurales. Se pretende generalizar el uso por parte de los productores de maquinaria y equipos de riego individuales modernos a presión desarrollados para actividades agrícolas. Se apoyan inversiones en los siguientes temas:

  • Instalación de sistemas de riego por goteo en el campo,
  • Instalación de sistemas de riego por aspersión en el campo,
  • Instalación de sistemas de riego por microaspersión en el campo,
  • Instalación de sistemas de riego por goteo subterráneo en el campo,
  • Instalación de sistemas de riego lineal o de pivote central,
  • Instalación de sistemas de riego por tambor,
  • Instalación de sistemas de riego con energía solar,
  • Sistemas de energía solar para fines de riego agrícola,
  • Sistemas de riego inteligentes.
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¿Quiénes Pueden Beneficiarse?

Pueden beneficiarse personas físicas, empresas agrícolas, cooperativas de riego y cooperativas de desarrollo agrícola registradas en el sistema de registro de agricultores.

¿Cuál es el Monto y la Tasa de Apoyo de Subvención?

En las solicitudes aceptadas, se otorga apoyo mediante subvención al 50% del monto de compra de bienes sujeto a subvención determinado en el contrato de subvención, excluyendo el IVA. El monto de compra de bienes sujeto a subvención no puede exceder de 1.000.000 TL para personas físicas y jurídicas. En caso de que los costos de compra de bienes superen esta cantidad, la parte excedente será cubierta por el inversor como contribución en especie. El monto de compra de bienes sujeto a subvención determinado en el contrato de subvención tiene carácter de límite máximo. El monto final de la subvención surge como resultado de las realizaciones efectivas.

Los gastos para los que no se otorgará apoyo de subvención son los siguientes:

  • Todo tipo de pagos de deudas,
  • Intereses,
  • Gastos y egresos financiados por otra fuente pública,
  • Gastos por diferencia de cambio,
  • Costos de alquiler de maquinaria y equipo,
  • Gastos de transporte,
  • Gastos bancarios,
  • Gastos de auditoría,
  • Todos los impuestos recibidos o por recibir como devolución, incluidos el IVA y el SCT,
  • Gastos de compra de bienes de segunda mano/usados,
  • Gastos de formación,
  • Gastos de compra de elementos de sistemas de riego individuales cuya fecha de producción sea anterior a los últimos 2 años,
  • Gastos no facturados y gastos facturados antes de la fecha de solicitud o después de la fecha de finalización de la compra de bienes especificada en el contrato,
  • Gastos de compra con documentos faltantes entre los Documentos Técnicos que los Inversores deben Obtener de los Proveedores especificados en la Guía de Aplicación actual,
  • Gastos de sistemas de riego individuales que no se instalen en el campo y/o se entreguen de forma incompleta.
  • En las compras de bienes para sistemas de riego individuales, la construcción de estructuras de toma de agua como presas, la apertura de nuevos pozos, líneas de transmisión de energía, instalaciones de almacenamiento y la construcción de solo la línea de transmisión desde la fuente de agua hasta el área de riego están fuera del alcance del apoyo de subvención.

 

Documentos Solicitados al Solicitante

  1. Formulario de Solicitud de Subvención
  2. Proyecto de riego
  3. Formulario de Información del Sistema de Riego a Presión
  4. Documento actualizado del Sistema de Registro de Agricultores (ÇKS) perteneciente al solicitante
  5. Especificaciones Técnicas
  6. Fotocopia del Documento de Identidad
  7. Decisión de la Junta Autorizada
  8. Circular de firmas
  9. Si existe; certificado de joven agricultor/ practicante de buenas prácticas agrícolas/ emprendedor de agricultura orgánica/ documento que acredite ser familiar de mártir o veterano
  10. Informe de análisis físico del suelo
  11. Informe de análisis del agua de riego
  12. Documento de permiso/asignación de uso de fuente de agua o documento de uso de agua subterránea
  13. Carta de consentimiento (para solicitudes de tierras compartidas)
  14. Gaceta del registro mercantil
  15. Compromisos a entregar en la solicitud
  16. Copia certificada del documento oficial relativo a la asignación de tierras (para solicitudes con propiedad de tierra asignada).
  17. Documento de arrendamiento (para solicitudes que se realicen mediante el arrendamiento de tierras).
  18. Copia certificada del diploma (diploma perteneciente al ingeniero agrónomo autorizado que preparó el proyecto de riego y documento de registro en la cámara de ingenieros agrónomos)
  19. Para proyectos preparados por empresas o instituciones, documento relativo a que la persona autorizada que preparó el proyecto trabaja dentro de la entidad (n.º de registro de seguro)
  20. Registro de antecedentes penales

¿Cuándo es el Periodo de Solicitud?

(Entre 2023-2025) Las solicitudes se realizan entre el 1 de enero y el 28 de febrero en la Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura y Silvicultura, y en las Direcciones Provinciales de Agricultura y Silvicultura.

Puede acceder a todos los detalles desde el siguiente enlace.

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